jueves, 26 de marzo de 2009

Para Gili y Gaya, los tiempos que pueden conceptuarse con un valor absoluto son: el presente (considero), el pretérito perfecto absoluto (consideré), el pretérito perfecto actual (he considerado) y el futuro absoluto (consideraré), todo de indicativo. Se clasifican como absolutos porque por sí mismos expresan si la acción se realiza con anterioridad, con posterioridad o en coincidencia con el momento en que escribimos; todos los demás tiempos, en cambio, se clasifican como relativos, ya que, como advertimos, requieren de otro verbo o de un adverbio para situarse en el devenir temporal.
Gili y Gaya destaca la abundancia de pasados, hecho que atribuye a que en el recuerdo pueden distinguirse con mayor precisión distintos momentos en el futuro, siempre más incierto.
Para el redactor es de gran utilidad conocer que los tiempos verbales no sólo tienen el valor que por su forma y nombre les corresponde, sino que adoptan los más variados significados temporales. Conocer estas posibilidades le permitirá evitar monotonía y la pobreza en el empleo de los tiempos verbales, cuya variedad se reduce con frecuencia hoy en día al uso del pasado o, en el mejor de los casos, a los valores básicos de cada tiempo.

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